Resistencia. El tribunal de alzada anuló la condena contra la exjefa comunal de la capital chaqueña y podrá volver a ocupar cargos públicos. No hay pruebas suficientes de haber favorecido a su entorno familiar.
En una resolución que marca el cierre de un proceso judicial que se extendió por varios años, el tribunal dictó la absolución de Ayala tras considerar que no existen pruebas suficientes para sostener una condena.
El fallo emitido por la Cámara Federal de Casación Penal, se basó en la falta de elementos probatorios que vincularan de manera directa a la acusada con los hechos investigados, en la denominada causa Lavado II o PIMP SA.
Los jueces que anularon la condena del Tribunal Oral Federal de Resistencia son Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Diego Barroetaveña. Los magistrados dieron lugar al recurso y ratificaron la inocencia de Daniel Fischer, Carlos Huidobro, Pedro Martínez, Eulalio Bouza, Rolando Acuña y Luis Escobar.
El caso había generado atención pública desde su inicio debido a la relevancia que significó que la exintendenta de Resistencia haya sido condenada a tres años de prisión y prohibición perpetua para cargos públicos, más las implicancias políticas que rodeaban la causa.
Durante el proceso, se presentaron testimonios, peritajes y documentación, pero el tribunal concluyó que no se logró acreditar la responsabilidad penal de Ayala más allá de toda duda razonable.
En los fundamentos del fallo, los jueces de la Sala IV remarcaron que «la carga probatoria no fue satisfecha por la parte acusadora» y que «no se puede condenar sin pruebas concretas que vinculen a la imputada con el hecho». Esta decisión se enmarca en el principio constitucional de presunción de inocencia, que exige que toda duda beneficie al acusado.
La defensa de Ayala había insistido desde el inicio en que se trataba de una causa sin sustento y celebró la resolución como «un acto de justicia que devuelve la tranquilidad a una persona injustamente señalada».