25 abril, 2024

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Abogados piden que aseguren y garanticen la administración de justicia

Sáenz Peña. La Comisión Directiva del Colegio de Abogados de la Segunda Circunscripción Judicial envió nota al Dr. Rolando Toledo, a efectos de solicitar al máximo tribunal provincial adopte las medidas necesarias para que se garantice la prestación del servicio de justicia a partir del próximo día 31.

En este sentido, sin olvidar la gravedad de la situación epidemiológica, advirtieron desde el gremio abogadil que esta segunda ola encuentra a la administración de justicia mejor preparada, si se la compara con la situación que se tuvo que atravesar a partir del pasado 16 de marzo de 2020.

Resaltaron que frente a medidas sanitarias que restringen la presencialidad laboral y la circulación de personas para disminuir la cadena de contagios, hoy la justicia cuenta con herramientas que deben ser aplicadas para resguardar la efectiva administración de justicia.

Es que la Provincia del Chaco ya cuenta con una ley de expediente judicial electrónico (Ley 3286-M), que vino a despapelizar el tráfico jurídico y a dotar de legalidad las audiencias realizadas en forma semipresencial y remota (Art. 15 Ley 3286-M).

Remarcaron en su petición que es el papel el elemento que hoy en día trastorna la administración de justicia, al menos en el interior provincial, ya que el personal judicial que labora de forma presencial es quien debe imprimir las intervenciones escritas de los justiciables que fueron presentadas a través de la plataforma digital In.Di., para su agregación al expediente y posterior providencia.

Por esta razón, y ante el agravamiento del contexto sanitario ya de por sí adverso, pidieron al Superior Tribunal anticipe la implementación del expediente digital bajo el sistema IURE en toda la Segunda Circunscripción y en todos los fueros.

Además, solicitaron al Superior Tribunal se continúe y profundice la implementación de audiencias semipresenciales y remotas, mientras se aguardan las condiciones propicias para retornar a las audiencias presenciales, todo de conformidad al Protocolo de Trabajo y Buenas Prácticas para Audiencias en Sala Virtual (Anexo III – Res. 262/20).

Fundamentaron este pedido apelando a una extrema prudencia, señalando que si bien que no toda la población ha sido vacunada, no es menos cierto que muchas ciudadanas y ciudadanos -entre ellos, magistrados, funcionarios y empleados judiciales- ya han recibido al menos la primera dosis de alguna de las vacunas disponibles destinadas a generar inmunidad adquirida contra la Covid-19.

En esta línea de pensamiento, recordaron lo dispuesto en el Art. 4° del Decreto N° 810/21 del Poder Ejecutivo Provincial, en relación a que las personas ya vacunadas podrían ser convocadas a prestar tareas de manera presencial.

Pero a propósito de garantizar el servicio de justicia desde la perspectiva de la prudencia, las abogadas y abogados centrochaqueños señalaron con énfasis que el Superior Tribunal de Justicia ya dictó normas de superintendencia tales como las Resoluciones Números 316/20, 413/20 y 958/20, entre tantas otras, que permitieron administrar justicia hasta hoy, sin que se caiga en falta de servicio.

En otras palabras, ya el Poder Judicial provincial ha dispuesto diversas modalidades de trabajo, tales como el trabajo vespertino, el teletrabajo, los turnos rotativos de trabajo presencial, los turnos alternados, etcétera, que hoy más que nunca deben continuar en plena implementación, ya que a más modalidades de trabajo, mayor reducción de los riesgos de contagio.

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