27 noviembre, 2024

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Anses detectó “incompatibilidades” en pensiones por invalidez

Buenos Aires. Quienes reciban notificaciones  deberán presentarse en la UDAI más cercana dentro de los diez días hábiles para poder confirmar las condiciones para percibir el beneficio.

La Agencia Nacional de Discapacidad publicó la resolución 268/2018, que dispone suspender los beneficios a los pensionados por invalidez que presenten “incompatibilidades” para percibirlas. Aquellos que hayan sido notificados de esa situación deberán presentarse en la UDAI más cercana dentro de los diez días hábiles para documentar su condición.

La resolución Nº 217/2018 aprobó “el circuito administrativo de notificación de incompatibilidades con el Decreto Nº 432/97, de suspensión y caducidad de pensiones no contributivas por invalidez”.

En consecuencia, señala que “se considera adecuado establecer un plazo de 10 días hábiles administrativos para que el administrado pueda ejercer su legítimo derecho de defensa y ofrecer la prueba de la que intentare valerse, así como también tomar vista de las actuaciones”.

A raíz de esto, quienes hayan sido notificados deberán concurrir a la Unidad de Atención Integral de la Anses más cercana a su domicilio, para poder confirmar las condiciones para percibir el beneficio.

Quienes aspiren a obtener o estén cobrando una pensión no contributiva por invalidez laboral deben cumplir los siguientes requisitos: no percibir él, ni su cónyuge, jubilación, pensión, retiro, o prestación no contributiva. Tienen que acreditar que su capacidad laboral representa una disminución del 76% o más. No estar empleado bajo relación de dependencia. No tener bienes, ingresos ni recursos que permitan su subsistencia o la de su grupo familiar. No tener parientes obligados legalmente a proporcionarle alimentos o que, teniéndolos, se encuentren impedidos para hacerlo. Ser argentino nativo, argentino naturalizado con, por lo menos, 5 años de residencia o extranjero con, por lo menos, 20 años de residencia. No estar detenido a disposición de la justicia. Cualquiera de ellos que no se cumpla puede dar lugar a la incompatibilidad que origine la suspensión del beneficio.
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