25 abril, 2024

Opción de Noticias

El portal de periodismo de Sáenz Peña, Chaco

Fiscal pidió prisión perpetua para los padres enterraron bajo su cama a su propia hija

Sáenz Peña. Se trata del caso Daiana Ojeda, muerta por la practica de un aborto clandestino. Sus padres se defendieron diciendo que la intención de matar nunca existió.

En la Cámara Primera en los Criminal de Sáenz Peña a cargo del juez Rodolfo Lineras se escucharon hoy los alegatos por el caso Daiana Ojeda, la joven embarazada de 15 años cuya muerte se produjo en la localidad de Los Frentones en el año 2013 y cuyo cuerpo fue enterrado por sus padres en una habitación de la casa donde vivían. La fiscal pidió la prisión perpetua para ambos por homicidio calificado agravado por el vínculo.
Esta mañana se escucharon los alegatos en el caso Daiana Ojeda, la adolescente embarazada de 15 años de la localidad de Los Frentones cuyo cuerpo fue enterrado por sus padres en la misma casa donde vivían. Sus restos fueron encontrados luego de dos años.
La fiscal María Rosa Osiska, luego de analizar cada una de las pruebas existentes en el expediente y tras escuchar los testimonios en sala, consideró que tanto Manuela More como Fabián Ojeda realizaron con intención cada una de las acciones que terminaron la vida de Daiana.
Osiska expresó que “ambos pergeñaron un plan de mentiras para no fundar sospechas”, fundado en que “si ellos (los padres de Daiana) no hubieran sido responsables de su  muerte, no la hubiesen ocultado. Ellos fueron responsables y autores de su muerte”.
Sostuvo además que la pareja “tenía  el conocimiento y la voluntad directa de matar a la menor. Hubo un dolo directo, agravado por el vínculo, eran los padres y la muerte fue con ensañamiento”, debido a  que la menor debió soportar tratos crueles, como golpizas, vivir encerrada, no comer y en algunas ocasiones ser atada a un palo dentro de una habitación. “No hubo necesidad de someterla a tratos tan crueles”, dijo la fiscal, “no hay justificación para eso”.
En tal sentido, Osiska pidió que la pareja de Manuela More y Fabián Ojeda sean acusados por el delito de homicidio calificado agravado por el vínculo y ensañamiento, para lo cual solicitó la pena de prisión perpetua.
“NO FUE LA AUTORA DEL HECHO”, DIJO EL ABOGADO DE LA MADRE
 El defensor oficial Simón Bossio, que defiende a Manuela Mores, solicitó la absolución de su defendida y dijo que la fiscal “no ha probado debidamente la conducta” de su defendida en esta causa. Aseguró además que “no existen elementos incriminatorios en contra de mi defendida, no fue la autora del hecho”.
Por otro lado, consideró que “no se ha probado el dolo y el ensañamiento en ninguna parte de esta acusación. No se desprende un dolor en el accionar de mi defendida. No se ha probado la intencionalidad de la señora More, como tampoco se pudo determinar la causa de la muerte de la joven. No sabemos en qué circunstancias perdió la vida la joven Daiana”.
DEFENSA DE FABIÁN OJEDA: “LA INTENSIÓN DE MATAR NUNCA EXISTIÓ”
Por su parte la defensa de Fabián Ojeda, asumida por el defensor Oficial Ariel Juárez, coincidió con el análisis que realizo Bossio respecto  a que no se encontraba probado el dolo requerido en esta instancia.
Juárez hizo referencia a la declaración que prestó en sala el imputado Fabián Ojeda, quien aseguró ser responsable por lo que hizo, “es decir, por darle una serie de infusiones a su hija para que aborte y por enterrarla dentro de la casa”, señaló el defensor oficial.
Sostuvo Juárez que en “ningún momento” de la declaración su defendido dijo “que le haya dado los te para matar a su hija, sino para que pierda el embarazo”.
También hizo mención a que “no se pudo determinar la causa de la muerte, como tampoco hay indicios del embarazo de la joven”.
Para el defensor del padre de la niña, la calificación no es la adecuada, ya que el delito de homicidio no pudo ser probado ni tampoco el ensañamiento, porque “la intención era producir un aborto y no la muerte, por lo tanto es diferente el dolo por el cual mi defendido fue traído a juicio”.
Además, sostuvo que el art. 85 del Código Penal puedo haber sido imputado a su defendido y no el de homicidio, porque “la intención de matar nunca existió” y en tal sentido solicitó que se lo absuelva de culpa y cargo.
Compartir