Sáenz Peña. otro escandalo es la búsqueda de fiscales para la 2da Circunscripción, donde hay una notoria búsqueda de «digitar» los nombramientos. Una medida cautelar que suspendió los efectos de la resolución del Consejo de la Magistratura del Chaco que declaró desiertos los concurso. Ahora hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo, no se podrá abrir un nuevo concurso y se deberá mantener la situación de los aspirantes.
La medida fue adoptada por el juez subrogante del Juzgado de Niñez, Adolescencia y Familia N° 2, Dr. Marcelo Alejandro Benítez Maurel, y se da a partir de una presentación realizada por los tres concursantes perjudicados: Cristian Ignacio Arana, Geraldine Solange Dilchoff Kesque y Tatiana Nuria Mañak.
El conflicto se originó en el Acta N° 1.302 del Consejo de la Magistratura, suscripta el 12 de febrero de 2026, mediante la cual la conducción del organismo declaró desiertos los concursos de antecedentes y oposición para los dos cargos fiscales y dispuso la convocatoria a un nuevo proceso de selección.
Acá hay un dato inescindible, y es que los concejeros que se «abstuvieron» al momento de votar, por pedido del Colegio de Abogados de Sáenz Peña, coinciden ideológica y filosóficamente, entonces «voltear el concurso» es simplemente con la intención de que exista una segunda oportunidad en un futuro examen para imponer algún candidato o bien que quien saliera mal en el examen pueda estudiar mejor y llegar a la nota.
El juez consideró que los argumentos y pruebas presentados por los tres postulantes generaron suficiente verosimilitud del derecho como para habilitar la medida cautelar, y tuvo por acreditado el peligro en la demora, dado que la apertura de un nuevo concurso podría tornar irreparable el perjuicio sufrido por quienes se sometieron de buena fe a un proceso que cumplió todas las etapas legales previstas.
La resolución judicial suspendió tanto la declaración de deserción de los concursos como el llamado a un nuevo proceso de selección, ordenando al Consejo de la Magistratura mantener la situación fáctica y jurídica anterior al acta cuestionada hasta que exista sentencia firme en la causa principal. Ahora el Consejo de la Magistratura deberá informar el cumplimiento de la medida dentro de las 48 horas de notificado.
La causa tramita bajo el expediente N° 319/2026 y fue caratulada “Arana, Cristian Ignacio; Dilchoff Kesque, Geraldine Solange; Mañak, Tatiana Nuria c/ Consejo de la Magistratura y Jurado de Enjuiciamiento de la Provincia del Chaco s/ Medida Cautelar”.

