22 noviembre, 2024

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Perpetua para la madre y el padrastro de la beba que fue estrangulada y tenía agujas en su cuerpo

Sáenz Peña. Se trata del resonante caso de Quitilipi que era juzgado en la Cámara Segunda en lo Criminal. El juez condenó a prisión perpetua a la madre y el padrastro de la niña de dos años que murió con signos de estrangulamiento y dos agujas de coser clavadas dentro de su cuerpo.

Melisa Vallejos, que llegó al juicio en libertad, deberá cumplir la condena con prisión domiciliaria y fue retirada del lugar custodiada por la Policía. La Justicia la encontró culpable de los delitos de «homicidio agravado por el vínculo, ensañamiento y alevosía».

Mientras que la pareja de la madre y padrastro de la beba, Héctor Gómez, fue condenado por «homicidio calificado, ensañamiento y alevosía».

Durante el juicio Gerardo Bravo, médico del Instituto de Medicina y Ciencias Forenses (IMCiF), indicó que la niña no pudo haberse introducido sola las agujas o haberlas tragado porque esa acción «genera mucho dolor, no lo podría haber repetido una segunda vez».

«Externamente no se podían verlas, solamente cuando se abrió el cuerpo se observó las agujas de aproximadamente 3,5 centímetros de longitud clavadas en el cuerpo, en la zona del timo y corazón», añadió.

La médica Mariela Soledad Cáceres, en tanto, agregó que recibió a la niña en el Hospital 4 de Junio de la ciudad termal, señaló que ya había ingresado con dificultad respiratoria grave y que tenía lesiones en el tórax y hematomas.

El informe de la autopsia reveló datos espeluznantes: «A simple vista solo se veían dos puntitos en la zona del pecho pero cuando la abrieron se encontraron con esa terrible imagen. También presentaba una serie de moretones en distintas partes del cuerpo».

Condena con prisión domiciliaria

DiarioChaco, medio que dio seguimiento al tema por 6 meses con publicaciones exclusivas, mencionó que tras la sentencia se dispuso el cese de la libertad provisoriamente otorgada a Melisa Vallejos y que el cumplimiento de la pena impuesta sea por la modalidad de prisión domiciliaria debiendo fijar domicilio para tal fin. Dicho domicilio no podrá quebrantar injustificadamente de lo contario se revocará lo que se resolvió en la sentencia, además la joven deberá designar a una persona que se responsabilizará de su guarda.

 

 

También se dispuso que se de intervención al Servicio Social del Poder Judicial el que oficiara de órgano de contralor de la medida  dispuesta.

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