26 noviembre, 2024

Opción de Noticias

El portal de periodismo de Sáenz Peña, Chaco

Dura y ejemplar sanción a la APAC por lo sucedido con el piloto Iglesias

Resistencia. APAC fue suspendida por cinco años, sus dirigentes de por vida y debe pagar una multa de un millón de pesos. Es por los hechos en que estuvo en serio riesgo la vida del piloto Juan Carlos Iglesias, que se encuentra internado en un nosocomio de Buenos Aires por las quemaduras.

La Federación Chaqueña de Automovilismo Deportivo emitió un duro dictamen sobre APAC, suspendiendo a la institución por cinco años para organizar toda actividad relacionada con el deporte motor, y además la totalidad de los integrantes de la Comisión Directiva fueron suspendidos de por vida. A ello se suma una multa económica de un millón de pesos; y los comisarios deportivos recibieron 10 años de suspensión.

El incidente que derivó en las graves lesiones sufridas por el piloto Juan Carlos Iglesias, que luego de diez días permanece internado en el Hospital Alemán de Buenos Aires, tuvo ayer el dictamen de la Fe.Ch.A.D. en base al informe elevado por los integrantes del Tribunal de Disciplina.

El sábado 6 de abril comenzaban a desarrollarse las pruebas libres en el marco de la primera fecha del Campeonato Chaqueño Unificado de Automovilismo en el autódromo Santiago Guarnieri de Resistencia, bajo la organización de la APAC. A los pocos metros de empezar a transitar por el trazado, el piloto Juan Carlos Iglesias tuvo un desperfecto en su Fiat 128 de la Clase 2 y se generó un incendio.

En el análisis del informe y los fundamentos se esgrime que existieron falencias para asistir al competidor siniestrado, como ser la demora en actuar de los bomberos y la falta de ambulancias, siendo reemplazado por un vehículo utilitario y sacado del habitáculo -casi desvanecido- por su hermano Juan Manuel Iglesias.

También se remarca el “atropello” que dirigentes de APAC tuvieron para con Federación, “desoyendo todo llamado de atención que se les hiciera con anterioridad a la fecha como incluso el mismo día del accidente en el autódromo, manejándose con total prepotencia y desacato para con los pilotos y autoridades”.

En otro tramo añade que “habían desaparecido las autoridades de pista, como así también todos los integrantes de la comisión de APAC, sin dar la cara y habiéndose llevado todo el dinero que se le había cobrado a los pilotos”. En este contexto sostienen que las sanciones impuestas son “ejemplificativas, justas y coherentes con lo ocurrido en dicha fecha”.

El detalle de las sanciones

Teniendo como referencia los fundamentos, haciendo notar “la gravedad de los hechos” y con un plazo de 48 horas para formular el descargo, el Tribunal de Disciplina de la Federación Chaqueña resolvió:

I) Suspender al club APAC por el término de 5 (cinco) años, durante el cual no podrá dicha institución organizar pruebas y/o carreras de autos y/o cualquier otro tipo de actividad relacionada al deporte motor en sus diversas facetas tanto dentro como fuera de la provincia como así también una pena y/o multa económica por la suma de pesos un millón ($ 1.000.000.-); los que deberá depositar en la cuenta de la Federación Chaqueña de Automovilismo Deportivo.

II) Suspender de por vida a todos y cada uno de los integrantes de la comisión actual de dicha asociación (APAC) a saber a los señores Schiffo Alberto -Presidente-; Saldaqui Fernando -Secretario-; Mirón Juan -Tesorero-; Romero Juan -Vocal Titular Primero-; Alegre Alberto -Vocal Titular Segundo-; Méndez Norberto -Vocal Suplente Primero; Muñoz Esteban A. -Vocal Suplente Segundo-; Irigoyen Carlos -Revisor de Cuenta Titular-; Scelzi Juan F. -Revisor de Cuenta Suplente-. Razón por la cual no podrán integrar comisión alguna referida al deporte motor como así también a organizar pruebas y/o carreras de autos y/o cualquier otro tipo de actividad relacionada al deporte motor en sus diversas facetas tanto dentro como fuera de la provincia;

III) Suspender al Comisario Deportivo, Galassi Guillermo Ernesto, y al Comisario Deportivo Adjunto, Fernández Juan Mario, a garantizar y/o supervisar el desarrollo de actividades automovilísticas deportivas por el plazo de diez (10) años, no podrá organizar pruebas y/o carreras de autos y/o cualquier otro tipo de actividad relacionada al deporte motor en sus diversas facetas.

Compartir