Sáenz Peña. Con la finalidad de afianzar el Programa Municipal de Recolección Diferenciada, el 16 de diciembre del 2020 el Concejo Deliberante sancionó la ordenanza Nº 8761.
Su articulado establece que:
1º) La separación en origen debe llevarse a cabo en domicilios –ya sean casas como edificios de departamentos-, comercios, oficinas, empresas e instituciones de todo el ejido municipal.
2) Los residuos deben sacarse cumpliendo con los siguientes requisitos:
Se pondrán en la vereda en forma prolija, sea en bolsas o cajas, y sólo con media hora de anticipación al horario establecido para cada zona.
Los residuos reciclables deben sacarse compactados y reducidos.
Los cestos domiciliarios deben permanecer vacíos y limpios los días en que no haya recolección.
Además, establece que el propietario es responsable de la higiene del cesto domiciliario y su entorno.
3) El vecino debe cumplir en forma estricta el Cronograma de Recolección.
Este determina que: Lunes, Miércoles y Viernes se retiran residuos comunes. Los Martes, reciclables. Y los Jueves, Sábados y Domingos no hay servicio de recolección.
Los sábados existe un servicio de limpieza general y recolección de reciclables por las calles 10, 12 y 14 desde autovía de ruta 16 hasta avda. 33.
Grandes almacenes, supermercados, ferreterías, etc. podrán acordar días y horarios especiales para el retiro del material reciclable, el que se ofrecerá compactado y prolijo en la vereda del comercio o empresa y estará a cargo de la firma o empresa.
Por último, la ordenanza establece que se considerará infracción toda conducta contraria a lo estipulado en la norma y que dichas infracciones serán penadas con multas equivalentes al valor de 25 a 100 litros de nafta súper.