Buenos Aires. El trámite está habilitado desde el 1 de enero para operaciones realizadas durante 2025. Qué contribuyentes pueden pedir que el organismo recaudador les devuelva los montos percibidos a cuenta de impuestos y en qué consiste el trámite online.
Desde el 1 de enero de 2026 está habilitado, en la web de la Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex AFIP), el trámite para pedir las devoluciones de las percepciones sobre la compra de dólares y gastos con tarjeta en moneda extranjera del año 2025.
Se trata de un trámite que no es automático. Por eso, debe hacerlo el contribuyente, solicitando la devolución del 30% de las percepciones aplicadas sobre gastos en moneda extranjera y la compra de dólar oficial. Estas percepciones corresponden a adelantos del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales, que pueden ser reintegrados a quienes no resulten alcanzados por esos impuestos o tengan saldo a favor.
Este régimen, que aplica para determinadas operaciones en moneda extranjera —compra de divisas, adquisición de pasajes al exterior, compras fuera del país o la contratación de servicios digitales extranjeros—, requiere de un trámite online, que se realiza con CUIT y clave fiscal.
El plazo límite para la presentación de la solicitud suele variar dependiendo el año, pero por lo general la ventana es hasta marzo, según indicaron fuentes consultadas por NORTE.
Qué devoluciones entran
Las percepciones que hace el organismo son para determinadas operaciones como:
-Compra de divisas
-Adquisición de pasajes al exterior
-Compras fuera del país (por ejemplo, en plataformas del tipo Amazon)
-Contratación de servicios digitales a proveedores extranjeros como Netflix, Spotify, Amazon (si aplicó percepción)
-Dólar tarjeta / consumos del exterior
Algo importante de tener en cuenta es que, si el consumo se pagó con dólares, muchas veces la percepción ya se reintegró en el resumen de la tarjeta. Pero si fue abonado en pesos, suele corresponder pedir devolución.
Antes de ingresar a la web de ARCA es importante tener: CUIT (hay que estar inscripto como contribuyente); clave fiscal, informar una CBU de una cuenta bancaria para que el fisco transfiera el dinero; y tener constituido el Domicilio Fiscal Electrónico (es un correo electrónico que se informa a la ARCA para notificaciones).
Quiénes pueden pedir la devolución
-Monotributistas que no pagan Ganancias ni Bienes Personales
-Empleados en relación de dependencia que no pagan Ganancias y no están en Bienes Personales.
En los dos casos, piden devolución por clave fiscal y buscando el servicio «Devolución de percepciones» (ver recuadro).
Vale recordar que solo tributan Bienes Personales las personas físicas cuyo patrimonio total al 31 de diciembre de 2025 supere los $384.728.044. Mientras que el nuevo piso salarial para empezar a pagar Ganancias es de $2.488.942 de sueldo neto por mes para personas sin cargas de familia; o de $3.300.726 neto para quien tiene a cargo cónyuge y dos hijos.
Un ejemplo simple
En agosto de 2025, compramos en el exterior: 1-Netflix USD 20,00; 2-Microsoft USD 15,00 y 3-Una compra en una plataforma del exterior USD 220,00, con un total del mes de USD 255.
Pero ¿a qué tipo de cambio se convierten esos consumos? Cuando el gasto está en moneda extranjera, la normativa indica que hay que convertir a pesos usando el tipo de cambio vendedor del Banco Nación correspondiente al último día hábil anterior a la emisión del resumen.
Por ejemplo: en el cierre del resumen de agosto 2025, el tipo de cambio vendedor BNA era de $1310. Entonces, siguiendo con nuestro consumo en dólares: USD 255 × $1310 = $334.050 (es la base en pesos sobre la cual se calculará la «RG 5617 = percepción a cuenta de ganancias / bienes personales»).
¿Cuánto nos perciben?
La alícuota es 30% (percepción a cuenta de Ganancias/Bienes Personales). Llevado al ejemplo: percepción 30%: $334.050 × 0,30 = $100.215. Este monto figurará en el resumen que arrojará la página y es lo que podemos pedir como devolución. Ese importe queda fijo en pesos desde el cierre del resumen. Cuando ARCA devuelve, devuelve ese monto en pesos.
Las percepciones se acumulan por mes y se solicita su devolución en presentaciones por separado. En el trámite, se elige período mensual y el sistema muestra las percepciones informadas por el banco/tarjeta.
Paso a paso
1. Para realizar el trámite, se debe ingresar a la web de ARCA con CUIT o CUIL y clave fiscal.
2. Buscar el servicio «Devolución de percepciones» en el cuadro de búsqueda que se encuentra debajo del panel principal. Si no esté habilitado, se puede añadir desde la opción «Mis Servicios».
3. Seleccionar «Nuevo» e indicar el período fiscal por el cual se solicita la devolución. Se debe realizar una presentación por cada mes en que se practicaron percepciones. Si las percepciones fueron informadas por un agente de retención/percepción, solamente se deberá seleccionarlas y pedir su devolución.
5. Agregar aquellas percepciones correspondientes a la RG 5617 y guardar la documentación respaldatoria. Una vez cargadas, el sistema permitirá grabar la presentación y dejarla como «borrador» o «presentar» para comenzar con el trámite de devolución.
6. El sistema muestra los formularios cargados para el período y estado indicado.
7. Desde «Acciones» se puede ver el detalle de las solicitudes o realizar una rectificativa.
