25 noviembre, 2024

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Rey usaba una asociación de Deportistas Ciegos y Disminuidos Visuales para hacerse de dinero estatal

Resistencia. Es lo que se desprende de las últimas investigaciones. La asociación recibió en dos años más de $2.6 millones en concepto de pauta publicitaria. El dinero luego era transferido a otras cuentas.

La causa Lavado I, que investiga presuntos hechos de corrupción perpetrados en la actual gestión del gobierno provincial, tiene como uno de los ejes de investigación a los fondos provenientes de la pauta publicitaria oficial. La pauta oficial no es ni más ni menos que el dinero que el Gobierno paga a los medios y periodistas para difundir cuestiones vinculadas a la gestión. La sospecha de la Justicia apunta a que una parte de esos fondos fueron captados por exfuncionarios y sus colaboradores mediante maniobras de lavado, utilizando fundaciones a quienes se les abonaba por supuestos servicios prestados.

Uno de los casos paradigmáticos es el de la Asociación Civil “Libertad” de Deportistas Ciegos y Disminuidos Visuales del Chaco. Así surge del expediente Nº 175/2018, caratulado: “REY HECTOR HORACIO Y OTROS S/ SUP. INFRACC. ART. 303 C.P”.

Según pudo saber CHACO DIA POR DIA, el auto de procesamiento que firmó el 7 de junio pasado la Jueza Federal, Zunilda Niremperger, indica que la Asociación Civil “Libertad” habría operado como una entidad receptora de millonarios fondos del Fideicomiso de Pauta Publicitaria Oficial (FAPPO) y luego realizó trasferencias bancarias hacia un grupo de personas y sociedades directamente vinculadas a la maniobra de lavado.

En este sentido, se infiere que la asociación cobraba dinero por pauta y luego habría pagado “retornos” por casi la totalidad del dinero cobrado (más del 80% de los fondos captados) a personas de confianza del exsecretario general de la Gobernación, Horacio Rey. Rey actualmente está procesado con prisión preventiva, acusado de ser el jefe de la organización que se habría dedicado a este tipo de ilícitos.

El nacimiento

La Asociación “Libertad” fue creada el 26 de Abril de 2014. En esa oportunidad fueron designados como autoridades José Luis Jara (Presidente), Héctor Cristian Ojeda (Vicepresidente), Zulma Liliana Giménez (Secretario), Olga Leonor Ojeda (Prosecretario) y Héctor Eduardo Miño (Tesorero). Se autorizó a Zulma Giménez a realizar las tramitaciones correspondientes ante la Inspección General de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio.

Dos años después, la inscribieron ante la AFIP en los impuestos y regímenes de información pertinentes, encontrándose activa desde el período de Enero de 2016.

Teniendo ello presente, a partir de la documental remitida por el Poder Judicial de la Provincia del Chaco, recabada en el marco del Expte. N°6309/2018-1 (que es la investigación local de esta causa), se advirtió que el inicio de las actividades de la Asociación “Libertad” se produjo al poco tiempo de su inscripción ante la AFIP.

Fue mediante la emisión de la factura Nº 0001-0000001 del 3 de Marzo de 2016 al FAPPO por el importe de $56 mil en concepto de “Publicidad Institucional en el Boletín Digital del programa “Integrar y formar” por el mes de Enero 2016. La certificación de dicha prestación de servicios la hizo Paulo Buttice, exsubsecretario de Medios, hoy preso por esta causa.

La siguiente facturación (N º0001-0000002) emitida por esta asociación data del 16 de Marzo de 2016, nuevamente al FAPPO en concepto similar a la primera por un importe de $75 mil. El servicio prestado lo certificó, otra vez, el exsubsecretario Buttice. Es decir que las dos primeras facturas de la Asociación “Libertad” fueron destinadas al cobro de pauta publicitaria.

Coincidencias

La imputación judicial destaca que hay una “llamativa coincidencia” entre el periodo en que esta asociación permaneció completamente inactiva desde su constitución en 2014 hasta comienzos de 2016, donde luego de la designación de Horacio Rey como Secretario General de Gobierno se produjo la activación comercial de la misma y logró establecer “intensos vínculos contractuales” con el FAPPO.

“De modo que no resulta un dato menor que Rey como funcionario a cargo de la Secretaria General de la Gobernación, sea fiduciante del Fideicomiso de Administración de Pautas Publicitarias Oficiales y detente el total control respecto a los destinatarios y beneficiaros de contrataciones estatales canalizadas por dicha vía”, señala la acusación judicial.

Según el expediente, la sumatoria de los fondos direccionados desde el FAPPO hacia la cuenta bancaria de la Asociación “Libertad” ascienden a la suma de $2.619.505, tal como fuera reflejado en el informe del perito contador Nicolás Gimenez, del Poder Judicial de la Provincia.

Hasta allí, la captación de fondos de la Asociación. Sin embargo, se constató que dicha entidad realizó posteriormente varias transferencias bancarias a las cuentas de exfuncoinarios y colaboradores de Horacio Rey.

El perito contador advirtió transferencia de fondos desde la cuenta de la asociación indicada hacia las siguientes personas y firmas:

a) Liliana Gimenez (secretaria de la Asociación y autorizada a realizar las inscripciones correspondientes): $181.218,08

b) Miguel Vilte (exfuncoinario de Aída Ayala en el municipio de Resistencia y socio de Gustavo Katavich, quien coordinaba el FAPPO): $284.275,37. Cabe recordar que Vilte actualmente está preso por esta causa, acusado de ser uno de los profesionales que habrían intervenido en la diagramación de la compleja maniobra mediante la conformación e integración de diferentes figuras societarias para lavar dinero.

c) Publicar SRL (constituida en el año 2011 por Miguel Vilte y Gustavo Katavich, también detenido en esta causa): $561.800

d) Comunicaciones y Servicios SRL (constituida también en 2011 por Vilte y Katavich): $146.070

e) Picatal SA: $479.500

f) Invema SA: $489.184,60

g) Miguel A. Jonathan Vilte: $41.531,50

“Como corolario de lo expuesto, vemos aquí una concreta adecuación típica de tales conductas con el verbo ‘transferir’ contemplado como modalidad prevista por el artículo 303 del Código Penal”, indica la acusación judicial.

Cabe recordar que el artículo 303 del Código Penal reprime con tres a diez años de prisióny multa de dos a diez veces el monto de la operación, al que convirtiere, transfiriere, administrare, vendiere, gravare, disimulare o de cualquier otro modo pusiere en circulación en el mercado, bienes provenientes de un ilícito penal, con la consecuencia posible de que el origen de los bienes originarios o los subrogantes adquieran la apariencia de un origen lícito, y siempre que su valor supere la suma de $ 300 mil, sea en un solo acto o por la reiteración de hechos diversos vinculados entre sí.

En este marco, continúa la imputación, “la consolidación de éste modus operandi de reciclaje dinerario surge materializado al haberse transferido el 83% del total de los fondos ingresados a esta asociación provenientes enteramente del FAPPO”.

“En tal sentido, estimo que difícilmente se habría podido cumplir el primigenio objeto de las contrataciones convenidas con ésta asociación si de los $2.619.505,38 transferidos desde el FAPPO a tal efecto, únicamente habría quedado un remanente sin ser transferido a otras sociedades o personas consistente en la suma de $435.925,93”, indica el procesamiento.

“Adicionalmente, el alto grado de indeterminación respecto del concepto detallado en la facturación, o sea ‘Publicidad Institucional en el boletín del programa’, sumado a las trascendentes sumas abonadas por ello, resultan elementos indiciarios relevantes que complementan la tesitura aquí sostenida”, afirma la acusación.

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