Sáenz Peña. Las autoridades locales pierden el control de la situación y la curva se dispara hacia arriba. En las últimas 24 horas sobre 133 nuevos casos en Chaco y de esos 56 corresponden a Sáenz Peña. El Decreto de la provincia no hizo efecto.
Esta mañana el Ministerio de Salud Pública de Chaco informó que en las últimas 24 horas se registraron 133 nuevos casos de covid-19 en la provincia.
Con 56 nuevos casos, Sáenz Peña es la ciudad con más casos registrados en la provincia, la sigue Resistencia con 46 y Villa Ángela con 5 casos.
El número de casos activos en la ciudad es de 229, recordemos que la ciudad superó la barrera de los 1.200 casos de coronavirus, y actualmente la cantidad de casos es de 1219 según el mismo informe.
Tanto el Gobierno Provincial a través del decreto N°1314/20, como el Gobierno Nacional a través del Decreto 792/2020 emitieron nuevas disposiciones que comprende al Departamento Comandante Fernández.
Medidas especiales vigentes del 13 al 24 de octubre según Decreto provincial
Desde las 7 del 13 de octubre y hasta el 24 las actividades comerciales, industriales, y de servicio se habilitarán conforme las modalidades y horarios previstos en el Anexo IV del Decreto Nº 843/2020, sus modificatorias y prórrogas, que permite realizar sus actividades en cuanto cuenten con un protocolo de trabajo aprobado por autoridades sanitarias.
Se retomará la prestación del servicio de transporte público de pasajeros de 7 a 21. Se determinará la fiscalización estricta de cumplimiento de medidas de distanciamiento social, habilitándose un uso reducido en cada unidad de la capacidad de pasajeros, permitiéndose el traslado únicamente personas sentadas, ajustando el horario de los recorridos conforme el horario de alarma sanitaria.
Se permitirá la apertura de bares y restaurantes de 8 a 21, con utilización de la plataforma de turnos, habilitándose la utilización de sectores al aire libre, con no más de cuatro personas por mesa. A partir de las 21 y hasta la medianoche, sólo podrán funcionar bajo la modalidad de delivery y/o retiro del local, sin permanencia.
Las actividades recreativas, de esparcimiento se habilitarán conforme las modalidades previstas en el Anexo IV del Decreto 843/2020, sus modificatorias y prórrogas, que reglamenta los protocolos con distanciamiento social y medidas preventivas.
Se mantendrán las restricciones de circulación y permanencia en calles, espacios públicos, áreas de recreación y esparcimiento, rutas provinciales y nacionales a partir de las 21 y hasta las 7 horas del día siguiente. Se restringirá la circulación entre localidades consideradas críticas a efectos de evitar la propagación comunitaria.
La Administración Pública Provincial retomará las actividades administrativas, debiendo establecerse en las diferentes oficinas, una reducción en la cantidad de agentes que presten servicios en modalidad presencial, debiendo aumentarse el porcentaje de agentes bajo modalidad de trabajo remoto y/o teletrabajo.
Cada jurisdicción deberá incorporar obligatoriamente turnos alternativos, reducidos y rotativos de jornada laboral y de agentes. Los trabajadores y trabajadoras mayores de 60 años o pertenecientes a grupos de riesgo continuarán bajo licencia extraordinaria, considerándose la licencia como dispensa de asistir presencialmente a sus lugares de trabajo pudiendo desarrollar tareas a distancia a través de teletrabajo, trabajo remoto o aquellas que determine la respectiva autoridad jurisdiccional en su defecto.
Estará prohibida la presencia de personas en grupos mayores a cinco personas en salones, salas y oficinas de atención al público. La atención al ciudadano o cliente, deberá efectuarse mediante turnos y/o preferentemente bajo modalidad virtual.