19 marzo, 2024

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El fiscal Carlos Recala habla de maliciosa desacreditación de Juicios por Jurado

Sáenz Peña. El magistrado se refirió a unas fotos y versiones que circularon en las últimas horas en WhatsApp, tras un veredicto de no culpabilidad hacia un hombre acusado de abuso sexual. El representante del Ministerio Público Fiscal utilizó DiarioChaco para hacer conocer su opinión.

Expresiones de Rescala

En relación a una nota que circula por WhatsApp desde el 15-05-23 y que fue tomada por un medio local, debo decir como Fiscal de Cámara que claramente la misma tiene un evidente propósito difamante por el interés espurio de vaya a saber quién lo persigue.

Digo esto porque se pudo observar que a pocas horas después del primer link difundido por WhatsApp con los dichos de la supuesta entrevista, el mismo medio modifico parcialmente el contenido quitando párrafos, seguramente por haber advertido que están difundiendo noticias inciertas, falsas.

Sostengo esto porque quien presuntamente dio la supuesta nota radial no solo no estuvo presente durante los tres días que duró el juicio por Jurado, al que maliciosamente trata de descalificar como un acto de justicia y difamar a los funcionarios judiciales con viles mentiras.

Tampoco el supuesto familiar entrevistado conoce el mecanismo procesal del juicio por jurado y critica sin conocimiento porque entra y sale el jurado, los que permanentemente están custodiados, como las puertas por donde ingresan y egresan impidiendo contacto alguno con ninguna persona y en el lugar donde están reunidos lo hacen sin sus celulares.

Debo decir también que, el padre y la hermana de la víctima luego de prestar declaración testimonial estuvieron presentes permanentemente en todas las audiencias. Ambos familiares presenciaron la labor de este fiscal y de la abogada querellante que los representó. Esos días no se advirtió la presencia de ningún otro familiar en las audiencias llevadas a cabo, audiencias que para absoluta transparencia están totalmente video grabadas y se las pueden ver por YouTube.

Corresponde decir que previo al juicio este Fiscal de Cámara y la abogada querellante   hemos mantenido entrevistas con la víctima y su padre como marca la Ley Nº2364-b de Juicios por Jurado y que durante el debate producimos una labor con suma eficacia, pues incluso con el contrainterrogatorio rebatimos e invalidamos el informe del perito psicológico del acusado, además de haber acusado con vehemencia la culpabilidad del enjuiciado.

 

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