19 abril, 2024

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Medidas sanitarias seguirían hasta el 15 de julio

Resistencia. El decreto esta vigente desde el 22 de junio y hasta este 5 de julio, por este motivo la intención es extenderlo hasta el 15 de julio y recién desde allí que comiencen a regir las nuevas flexibilizaciones junto a la obligatoriedad del Pasaporte Chaco.

LAS MEDIDAS QUE SIGUEN VIGENTES

Reuniones – Eventos: Habilitados en espacios al aire libre (hasta 50 personas) y en espacios cerrados (hasta 10 personas) por el plazo máximo de 2 horas de duración.

Casinos – Cines: habilitado con reducción de aforo al 50% de la superficie disponible hasta las 22 hs.

Parques, Plazas, Espacios públicos: Se habilita el uso de espacios. No se encuentra permitido el desarrollo de eventos que generen y/o pudieran implicar concurrencia masiva o aglomeramiento de personas.

Restricción de circulación: entre las 22 horas y las 06 de cada día, exceptuándose trabajadores esenciales, actividades habilitadas o en casos de emergencia.

Alarma Sanitaria: A partir de las 21 horas.

Pasaporte Chaco: comprenderá el permiso para circular con autotest y la identificación del sujeto como persona con protección inmunitaria, ya sea por vacunación (con fecha de más de 30 días de inoculación de primera dosis) o por haber sido paciente activo en los últimos 4 meses. Los locales con actividades habilitadas, deberán verificar que la persona que requiera sus servicios cuenten con Pasaporte Chaco.

Constancia de hisopado negativo o certificado de vacunación de al menos catorce (14) días previos de inoculación para el ingreso y/o egreso de la Provincia.

Actividades comerciales, industriales, profesionales y de servicios en general: habilitadas en el horario de 8:00 a 21:00hs con reducción de aforo al 50% de la superficie disponible de cada espacio.

Shopping y centros comerciales: Los locales de venta que funcionen en centros comerciales y shopping podrán funcionar en los horarios y con el aforo previsto en el párrafo precedente.
Gastronomía, Restaurantes, Bares: Habilitados para atención en espacios al aire libre y cerrados con reducción de aforo al 50% entre las 8 a las 22 hs.

A partir de las 22 hs y hasta las 24 hs se encuentra habilitada la comercialización a través de la modalidad de entrega domicilio (delivery).

Gimnasios – Clubes – Actividades Físicas y Deportivas: Se ratifican las habilitaciones del Decreto N° 1242/2021.

Transporte: Se habilita el uso del 100% de capacidad de asientos de las unidades (no se permiten pasajeros parados) – Los pasajeros deberán contar obligatoriamente con pasaporte Covid.
Iglesias – Cultos – Celebraciones religiosas: Habilitadas con reducción de aforo al 50% de la superficie disponible. En ningún podrá exceder de 100 personas.

Peloteros – Salones Infantiles: se habilita con aforo del 50% para eventos que no superen las 2 horas de duración.

Administración Pública Provincial: con bimodalidad -teletrabajo /trabajo remoto y presencial que no supere el 50% del total de cada área, oficina o repartición.

Actividad Legislativa y Judicial: se invita a adherir o generar la atención vía remota y por audiencias virtuales.

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