Buenos Aires. Así lo resolvió la Acordada de los jueces del máximo tribunal que estipula poner en conocimiento a las distintas cámaras nacionales y federales y a los tribunales orales con asiento en las provincias, además de publicarse en el Boletín Oficial de la República Argentina.
La Corte Suprema de la Nación actualizó los montos de las sentencias definitivas inapelables y del requisito para la viabilidad del recurso de queja por denegación del extraordinario mediante las Acordadas 20 y 21/2025 publicadas este martes en el sitio oficial del Máximo Tribunal.
El importe del depósito del recurso de queja está previsto en el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación que hasta hoy estaba fijado en $900.000. En la Acordada 21/2025 se lee que “en razón al tiempo transcurrido, la apropiada preservación de los propósitos que fueran enunciados (…) se justifica que se proceda a una nueva determinación de la suma dineraria de que se trata, sobre la base de una apreciación atenta de la realidad”.
Por ello se estableció en $1.400.000 el depósito para aplicarse a los recursos de queja que se presentaren desde el 1° de agosto. La Acordada estipula poner en conocimiento a las distintas cámaras nacionales y federales y a los tribunales orales con asiento en las provincias, además de publicarse en el Boletín Oficial de la República Argentina.
Dentro de la Acordada 20/2025 se actualizó el monto de las sentencias definitivas inapelables estipulado por el artículo 242 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, fijándolo en $3.200.000.
Este nuevo monto también se aplicará en demandas o reconvenciones que se presentaren a partir del primer días del mes siguiente a la Acordada. Recordemos que esto aplica para sentencias y demás resoluciones “cualquiera fuere su naturaleza”.