25 noviembre, 2024

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Pedrini repasó los alcances de la aprobación del Alivio Fiscal

Buenos Aires. El diputado nacional Juan Manuel Pedrini afirmó esta noche que el proyecto sancionado por la Cámara de Diputados de la Nación representa un “gran beneficio para millones de argentinos y argentinas que trabajan sin relación de dependencia, muchos de ellos en la Economía Social, en los movimientos cooperativos, etc”.

“Se complementa con el aumento a 280.000 pesos del mínimo no imponible a los trabajadores en relación de dependencia, beneficiando a 1.300.000 trabajadores”, agregó el legislador nacional por el Chaco al referirse a la aprobación esta tarde por unanimidad del proyecto de ley de alivio fiscal que beneficiará a alrededor de 4,5 millones de monotributistas y 140.000 autónomos, como parte de las medidas propiciadas por el oficialismo para mejorar la situación de estos sectores clave en la vida económica del país.

“Legislamos en favor de millones de personas, en defensa de los ingresos de las familias, en un contexto inflacionario que requiere periódicas paritarias y modificaciones de las escalas tributarias que mantengan la equidad en la relación entre contribuyentes y el fisco”, destacó Pedrini.

El proyecto impulsado por el Bloque del Frente de Todos y que ahora será girado al Senado de la Nación, forma parte de medidas orientadas a sectores claves de la economía nacional y provincial, llevando alivio fiscal a los sectores del trabajo.

“Con esta corrección, se evitará que en el mes de julio muchos monotributistas tengan que cambiar de categoría y pagar mayores cuotas, así también se plantean beneficios para los trabajadores autónomos, manteniendo la integridad de sus ingresos. Además, se estima que tendría un impacto fiscal de $ 200.000 millones en los próximos dos años», explicó el legislador.

Montos por categoría
En cuanto al detalle de la iniciativa, para autónomos el mínimo no imponible se eleva a $ 757.694, para los monotributistas se eleva montos de facturación de cada categoría que quedarían del siguiente modo: Categoría A $ 601.959,49; B $ 894.804,65; C $ 1.252.726,50; D $ 1.724.532,59; E $ 2.277.684,56; F $ 2.847.105,70; G $ 3.416.526,83; H $ 4.229.985,60; I $ 4.734.330,03; J $ 5.425.770,00; K $ 6.019.594,89

 

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