Buenos Aires. La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró este jueves la inconstitucionalidad de la reelección indefinida en la provincia de Formosa. Por unanimidad, los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz consideraron que la cláusula de la constitución provincial que permitía esta práctica vulnera los principios republicanos establecidos en la Constitución Nacional.
La resolución surge de un amparo presentado por la Confederación Frente Amplio Formoseño contra el octavo mandato consecutivo de Gildo Insfrán, actual gobernador de la provincia, quien ocupa el cargo desde 1995. Según el fallo, Insfrán podrá finalizar su mandato actual, que culmina en 2027, pero la provincia deberá reformar su Constitución para garantizar el respeto por los principios de alternancia y periodicidad en los mandatos.
«Permitir que una persona ejerza el poder durante cuatro décadas afecta gravemente el sistema republicano y favorece la concentración del poder, erosionando los controles necesarios en una democracia sana», señaló el juez Carlos Rosenkrantz en su voto.
La Corte sostuvo que la personalización del Poder Ejecutivo durante un tiempo prolongado debilita el sistema de frenos y contrapesos. Además, destacó que la permanencia de un mismo individuo en el poder puede derivar en prácticas autoritarias e impide una competencia electoral leal.
La normativa provincial, reformada en 2003, permitía la reelección ilimitada tanto del gobernador como del vicegobernador. Insfrán, quien inició su carrera política como vicegobernador en 1987, acumuló más de 37 años en los cargos más altos del Ejecutivo formoseño. De finalizar este mandato, alcanzará los 40 años de poder ininterrumpido.
El fallo establece un precedente significativo en la política argentina y marca un límite a las prácticas que perpetúan liderazgos. «La reelección sin límites, lejos de ser una máxima expresión de la voluntad popular, facilita la acumulación de ventajas que desnaturalizan el sistema democrático», concluyó el tribunal.
La decisión obliga a Formosa a modificar su Carta Magna Provincial, respetando el procedimiento constitucional previsto, sin que ello afecte el sistema federal del país.