Resistencia. Lo hizo con 26 votos positivos de los Interbloques de Cambiemos y Frente Chaco Merece Más. El Frente Grande y Partido Obrero pidieron la permanencia en cartera.
El consenso fiscal suscripto el día 16 de noviembre de 2017 por el Poder Ejecutivo Provincial, el Estado Nacional, otras veintidós provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, fue aprobado por el Poder Legislativo según la ley Nº 2745-B, con 26 votos positivos de los Interbloques de Cambiemos y Frente Chaco Merece Más, contra 2 votos por la permanencia en cartera de los diputados del Frente Grande y Partido Obrero.
El acuerdo remitido por el Poder Ejecutivo, versa sobre cuestiones relativas a la relación financiera Nación-Provincias, y contiene “compromisos asumidos por los dos niveles de gobierno, entre los que se destacan el desistimiento de demandas judiciales contra el Estado Nacional por reclamos relativos a la coparticipación y otros regímenes, sobresaliendo aquí la demanda interpuesta por la Provincia de Buenos Aires respecto del denominado Fondo del Conurbano Bonaerense que indirectamente afectaba al resto de las provincias” expresa en sus fundamentos el Ejecutivo.
Seguidamente detalla que “en materia de distribución de impuestos nacionales se acordaron cambios en la distribución del impuesto a las ganancias y el impuesto sobre los débitos y créditos bancarios, de efecto neutro para las Provincias. El impuesto al revalúo impositivo, que se creará en el marco de la reforma tributaria de impuestos nacionales, a partir de este consenso será coparticipable y no destinado a la ANSeS”
“Por último, como punto destacable se logró el compromiso del Estado Nacional de modificar la Ley 27.260 para que el financiamiento de las cajas previsionales provinciales no transferidas se de carácter automático y la remisión de información simplificada” sostiene como base, para su aprobación.
En este sentido y por lo fundamentado expresados por el Ejecutivo, el Poder Legislativo aprobó el Consenso Fiscal suscripto el 16 de noviembre de 2017 por el Presidente de la Nación Argentina y los Gobernadores de las Provincias firmantes y el Jefe de Gobierno de Ciudad Autónoma de Buenos Aires cuya copia autenticada, como anexo, forma parte de la presente ley.
Y en esta línea determinó que se instruya a la Fiscalía de Estado a presentar el desistimiento a la demanda iniciada por la Provincia del Chaco contra el Estado Nacional caratulada “Chaco, Provincia del c/ Estado Nacional s/ acción declarativa de inconstitucionalidad” (expte. CSJ 000258/2016).
Asimismo, estableció que los compromisos asumidos por la Provincia del Chaco en el Consenso Fiscal se harán operativos mediante leyes específicas, cuyos proyectos serán remitidos por el Poder Ejecutivo a tal fin.