Sáenz Peña. Sucedió durante el juicio por amenazas que se instruye en contra del comerciante de apellido Militano. El acusado habría pretendido dilatar el proceso, excusándose en cuestiones médicas pero el juez De Cesare mandó a un médico judicial a corroborar. Lo obligó luego a presentarse en la audiencia.
Según fuentes judiciales el hecho se dio en el marco del proceso judicial relacionado al episodio ocurrió el 25 de noviembre de 2024 en una clínica privada del centro de Sáenz Peña, donde una médica encontró una munición calibre 38 adherida con cinta al picaporte de la puerta de su consultorio.
Inicialmente el juicio estaba previsto para este pasado martes 26 de mayo, pero se inició el pasado 10 de junio en el Correccional 2 a cargo del Juez Carlos De Cesare, quien subroga el Correccional 1 tras la jubilación del magistrado Carlos Verbek.
Luego de todas las diligencias de investigación, y posterior elevación a juicio, un reconocido empresario del medio de apellido Militano que debe responder por lo sucedido según el delito de amenazas previstas en el Art 149 Bis primer párrafo del Código Penal que establece la amenaza simple, amenazar a otro para alarmar o amedrentar.
Fuentes judiciales confirmaron que el proceso continúa esta semana, y está previsto que declaren 2 testigos.
Pero el dato curiosos se dio la semana pasada cuando la noche previa de la última audiencia, la defensa de Militano presentó una serie de certificados médicos que sugerían que el imputado no estaba en condiciones de asistir a la continuación del juicio, aludiendo sentirse mal y con dolores.

Según se supo, a primera hora hábil del día en que debía concretarse la última audiencia de la semana pasada el magistrado que entienden en el juicio, Carlos De Cesare, pidió a la oficina médica dictamine si el imputado podía comparecer a la continuación de audiencia de debate o no. Un profesional médico habría asistido al domicilio del imputado y habría constatado que las dolencias que indicaban los certificados no constituían un impedimento para la comparecencia.
El resultado final fue que el magistrado intimó al imputado y su defensa a concurrir a la audiencia, caso contrario y ante la no justificación el juez hizo saber a Militano que iba a ordenar su detención. De esta manera De Cesare cumplió cabalmente con su deber de asegurar la realización del debate oral hasta su culminación. Lo que queda en un gran interrogante es, ¿Cuándo la Justicia también tomará cartas ante la proliferación de certificados médicos vidriosos confeccionados a medida de alguna de las partes sólo con la intención de dilatar o dificultar un proceso? ¿Quién habrá sido el facultativo médico que se prestó para la maniobra? ¿Tomará la Justicia alguna medida con ese hecho, o sólo quedará como un decorado anecdótico en este proceso?
Cabe señalar que la pena prevista para estos casos, como el que se está juzgando, es de prisión de 6 meses a 2 años, excarcelable. Sin embargo las circunstancias del caso y los agravantes que se prueben podrían agravar la cuestión al considerarse la naturaleza del hecho repasando cómo se cometió, los medios utilizados, el daño causado, y el peligro generado, incluso el juez podría valorar la violencia previa, amenazas reiteradas, vulnerabilidad de la víctima, y la planificación.

