Resistencia. El Parlamento chaqueño por 25 votos afirmativos de los diputados presentes aprobó la intervención del Ejecutivo y del Concejo de esa localidad.
El hecho se da ante la grave crisis institucional que atraviesa el municipio de Villa Río Bermejito, por la imputación al intendente Lorenzo Heffner y Héctor Hiperdinger.
Cabe señalar que ambos funcionarios municipales son investigados por los delitos de supuesto lavado de dinero agravado por habitualidad, ser miembros de una banda y funcionario público en calidad de autores, negociaciones incompatibles con la función pública, Asociación ilícita, enriquecimiento ilícito, malversación de caudales públicos, fraude en perjuicio de la administración pública e incumplimiento de los deberes de funcionario público
Ante la gravedad de las acusaciones, las bancadas mayoritarias presentaran sendos proyectos de leyes, el 3755 del interbloque “Cambiemos” y el 3756 del interbloque Frente Chaco Merece más, con el objetivo que se intervenga el municipio de Villa Río Bermejito y el 3757 además propiciaba la intervención del Concejo Deliberante por el término de 90 días contados a partir de la promulgación de la norma en el marco de los términos del artículo 203 de la Constitución Provincial, proyectos que se unificaron para su ingreso tratamiento sobre tablas y su votación.
La ley se sancionó con 25 votos en general y declara en los términos del Art. 203 de la Constitución Provincial y por causa de subversión del régimen municipal, la intervención del Poder Ejecutivo y Concejo Deliberante de la Municipalidad de Villa Río Bermejito por el término de 90 días contados a partir de la promulgación de la presente.
Por otra parte, establece que el intendente y concejales cesarán en sus cargos. Vigente la presente norma, la Cámara de Diputados procederá por mayoría simple y en forma inmediata, a propuesta de los Bloques Políticos, a designar al Comisionado Interventor de la Municipalidad de Villa Río Bermejito, quien ejercerá sus funciones en los términos y condiciones que se disponen en los artículos siguientes.
El Comisionado Interventor deberá atender los servicios municipales ordinarios y convocar a elecciones dentro del plazo no mayor de 60 días. A estos fines se dispone la suspensión de la Ley Nro.2073-Q para el Municipio de Villa Río Bermejito y para llevar adelante esta elección en particular.
Fija que el Tribunal Electoral adoptará los recaudos necesarios para el efectivo cumplimiento de la presente, encontrándose habilitado a modificar los plazos establecidos por la Ley Electoral Provincial a los fines indicados. La presente ley entrará en vigencia a partir de su promulgación.
Las diferencias se generaron respecto a si se intervenía solo el Ejecutivo Municipal, o si se le sumaba el Concejo deliberante, propuesta que partió de una parte del interbloque Frente Chaco Merece Más, que además proponían que el interventor sea designado por el Poder Ejecutivo Provincial y no por el Poder Legislativo. Acordaron finalmente intervenir el Ejecutivo y Legislativo Municipal y la designación del interventor a propuesta de los bloques parlamentarios, posición que no compartían el jefe de la bancada oficialista y algunos legisladores de ese interbloque.