26 noviembre, 2024

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Diputados dio media sanción a la legalización del aborto

buenos Aires. Con un resultado que, como se preveía, fue por demás ajustado, la Cámara de Diputados de la Nación dio media sanción al proyecto de ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo. En general, el proyecto obtuvo 129 votos a favor, 125 en contra y una abstención. Ahora, el vibrante debate se trasladará al Senado de la Nación.

“Educación sexual para decidir, anticonceptivos para no abortar, aborto legal para no morir”. Esa fue la consigna que movilizó a miles de mujeres en todo el país y que se corona con esta media sanción que la Cámara Baja consagró con la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, que pone en cabeza del Estado ponerle fin a la clandestinidad del aborto y que se cobra las vidas de miles de mujeres en la Argentina. La iniciativa se logró en base al consenso de diversas propuestas de distintas bancadas y logró un apoyo transversal desde la izquierda, el kirchnerismo, el justicialismo y Cambiemos.

129 votos a favor, 125 en contra y una abstención: es el resultado de un día histórico para la Argentina y para los derechos de miles de mujeres pobres de todo el país, que no acceden a la educación sexual, a anticonceptivos gratuitos ni mucho menos a una interrupción del embarazo en condiciones sanitarias dignas como sí lo hacen las mujeres que pueden pagarlo en clínicas privadas.

Qué dice el proyecto de interrupción voluntaria del embarazo

-Causales

La interrupción voluntaria del embarazo será legal ante la sola decisión de la mujer o persona gestante hasta la semana 14 del embarazo, inclusive. Fuera de ese plazo, se garantiza la interrupción voluntaria en casos de violación, riesgo de vida o de salud o cuando se diagnostique “la inviabilidad de vida extrauterina del feto”. La práctica del aborto estaría garantizada en el sistema de salud en un plazo máximo de 5 días corridos desde su requerimiento.

-Edad

Las adolescentes, niñas y personas gestantes menores de 16 años de edad podrán acceder a la interrupción voluntaria del embarazo con su consentimiento informado por escrito. Entre los 13 y los 16 años de edad, tal como se desprende del artículo 26 del Código Penal, el dictamen considera que se cuenta con aptitud para decidir sobre “tratamientos que no resultan invasivos, ni comprometen su estado de salud o provocan un riesgo grave en su vida o integridad física”. Estará en debate, probablemente, la extensión de ese derecho a las menores de 13.

-Consejerías

Se crean Consejerías pre y post aborto, que funcionarán a demanda de la persona gestante, es decir, sólo ante su requerimiento. Las mismas deberán proveer de “información adecuada; atención previa y posterior a la interrupción voluntaria del embarazo de carácter médica, social y psicológica, con el objeto de garantizar un espacio de escucha y contención integral; y, acompañamiento en el cuidado de la salud e información adecuada y confiable sobre los distintos métodos anticonceptivos disponibles, así como la provisión de los métodos anticonceptivos previstos en el Plan Médico Obligatorio y en el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable establecidos por la Ley 25.673 o la normativa que en el futuro los reemplace.”

-Objeción de conciencia

Se incluyó el derecho de los profesionales de la salud a eximirse de la obligatoriedad de garantizar esta práctica cuando “manifestare su objeción previamente, de manera individual y por escrito, y la comunicare a la máxima autoridad del establecimiento de salud al que pertenece.” Sin embargo, la objeción no puede ser institucional ni de ideario.

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