24 abril, 2024

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El portal de periodismo de Sáenz Peña, Chaco

El consumo de enero trae aumento en la tarifa de energía eléctrica

Resistencia. El nuevo esquema implica una adecuación promedio menor de 8%, tanto para usuarios residenciales como comerciales e industriales y grandes usuarios. El mismo impactará recién con los vencimientos de fines de febrero y marzo. Son montos correspondientes a la audiencia pública celebrada el pasado 15 de julio.

Cumpliendo con lo establecido por la Resolución N° 2705/22 del Ministerio de Planificación, Economía e Infraestructura, a partir del 1 de enero de 2023, comenzará a regir una actualización en la tarifa de energía eléctrica tanto para usuarios residenciales como comerciales y pequeños industriales. Dicha adecuación tendrá impacto en las facturas de Secheep cuyos vencimientos se den a fines de febrero y marzo, y será de un promedio menor al 8%.

La nueva tarifa corresponde a lo estipulado en la Audiencia Pública del último 15 de Julio en La Leonesa, convocada por el Poder Ejecutivo a través del Decreto N° 1206/22, para el tratamiento de la actualización de la tarifa de energía eléctrica y el cargo tarifario específico.

En dicha Audiencia Pública, Secheep expuso la metodología de cálculo de la tarifa en base a un exhaustivo análisis de los costos del servicio, por un lado, y las características del mercado consumidor por otro, obteniendo así los Costos Propios de Distribución (o Valor Agregado de Distribución) vigentes a junio de 2022.

De esta manera, se ha cumplimentado con lo establecido por la Ley Provincial Nº 1027-A, «Reglamento General de Audiencias Públicas para el Poder Ejecutivo Provincial», y su Decreto Reglamentario del Poder Ejecutivo Nº 01/2008, en lo referente a los pasos para la readecuación de la tarifa de energía eléctrica de Secheep, garantizando de esa forma la efectiva participación de la comunidad.

Cabe destacar, que desde los consumos efectuados el 1 de septiembre de 2022, se aplicó un traslado parcial del incremento aprobado en dicha Audiencia Pública, al Cuadro Tarifario y al Cargo Tarifario Específico de Secheep.

Por su parte, esta nueva adecuación tarifaria, aprobada por la Resolución N° 2705/22 del Ministerio de Planificación, Economía e Infraestructura de la Provincia del Chaco, viene a recomponer el Valor Agregado de Distribución (VAD) facturado a las distintas categorías de usuarios, alcanzando de esta manera los valores finales del VAD expuesto en la Audiencia Pública 2022.

En cuanto a los nuevos importes finales a facturar, según categoría de usuario y consumo, los mismos tendrán los siguientes porcentajes de incremento, respecto de la tarifa que está vigente actualmente:

 

 

– Residenciales (según segmentación de subsidios): Nivel 1 de 3,5% a 8,5%; Nivel 2 de 5,2% a 11,7%; y Nivel 3 de 5,2% a 9,1%.

– Comercios e Industrias pequeñas: de 7,2% a 8,1%.

– Grandes Usuarios: de 3,4% a 4,7%

A los fines de velar por el patrimonio del Estado, esto es, cuidar la operatividad y mantener la infraestructura eléctrica existente, así como ejecutar las inversiones de infraestructura eléctrica para el desarrollo y crecimiento de la provincia, es necesario realizar este incremento autorizado en la mencionada Audiencia Pública.

Siendo Responsabilidad del Estado Provincial, contar con cuadro un tarifario adecuado y acorde, para la correcta prestación del servicio, compra de materiales necesarios y ejecución de obras de infraestructura.

LA SEGMENTACIÓN TARIFA DEL GOBIERNO NACIONAL

El Poder Ejecutivo Nacional, mediante el Decreto N° 332/22, estableció el régimen de segmentación de subsidios para usuarios residenciales, diferenciados en tres segmentos, a saber: Nivel 1, de Mayores Ingresos; Nivel 2, de Menores Ingresos; y Nivel 3, de Ingresos Medios.

Para lo cual, creó el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (Rase) en el cual se debían inscribir los usuarios residenciales de los servicios públicos de energía eléctrica, que soliciten el subsidio del Estado Nacional, sean o no titulares de los servicios.

A partir del registro RASE, se conformó el padrón de beneficiarios del régimen de subsidios sobre la base de las declaraciones juradas presentadas por los usuarios del servicio.

Para el segmento de demanda Residencial Nivel 1 (que son de los hogares de mayores ingresos y/o que no se inscribieron), los precios mayoristas de la energía a partir del 1º de septiembre, poseen un 20% de quita de subsidios, lo que se traduce en un 70% de incremento de los precios unitarios de dicho concepto. En el caso de los segmentos Nivel 2 y 3 (que son los hogares de ingresos medios y de bajo ingresos), no poseen incrementos respecto de los anteriormente vigentes.

Además, también se establecieron nuevos precios mayorista de la energía destinada a usuarios generales, como son los comerciales e industriales, los cuales no están estipulados, por el momento, en la segmentación tarifaria.

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