Resistencia. La Junta Electoral Nacional, Distrito Chaco, encabezada por su presidente, doctor José Luis Alberto Aguilar, juntamente con las juezas electorales, doctoras Zunilda Niremperger y Iride Isabel María Grillo, y asistidos por el secretario electoral, doctor Hugo Daniel Haedo, continúa con el monitoreo del normal desarrollo del proceso eleccionario a llevarse a cabo el domingo 22 de octubre del presente año.
omo datos útiles propios de estas elecciones nacionales, cabe destacar lo siguiente: 2688 mesas, 911.433 electores, 283 delegados electorales y establecimientos, se elegirán 4 diputados nacionales titulares y 3 diputados suplentes.
Los días martes, miércoles y hoy se trasladan las urnas a distintas localidades por medio del Correo Argentino. Las listas que participan de esta elección son cinco: alianzas “Unidad Ciudadana”; “Frente Chaco Merece Más”; “Cambiemos” y “Un Nuevo País”; y el Partido Obrero.
Las charlas para autoridades de mesa se dictan a partir de las 17 horas dictarán las capacitaciones en la Secretaría Electoral, sita en Juan Perón 650, y el sábado a la mañana de 10 a 12.
Alrededor de 800 integrantes del Ejército en toda la Provincia, se instalarán a pernoctar el día sábado desde las 8 horas, en cada establecimiento escolar de votación. La seguridad externa el día domingo será controlada por la Policía del Chaco.
Se puede consultar el padrón en www.padron.gob.ar y www.electoral.gob.ar o bien por teléfono en forma gratuita al 0800-999-7237.
Si al consultar los padrones electorales usted no encontrara su lugar de votación, podrá solicitar información en la Secretaría Electoral, Juan D. Perón 650, Resistencia, teléfonos (0362) 4430558 / 4432817 // 4425550 / 4458109, de lunes a viernes de 7 a 13.
El voto
El documento habilitante para efectuar la emisión del sufragio: todos los documentos sirven para votar, siempre y cuando coincidan con el tipo (original, duplicado, ea (ejemplar a), eb (ejemplar b), etc.) que figure en el padrón o uno posterior.
Por ello no podrá votar un ciudadano que se presente con documento anterior al que figura en el padrón, ni que posea constancia de DNI en trámite ni tampoco con Pasaporte.
Justificaciones: el artículo 12 del Código Electoral Nacional. Los que el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetro del lugar donde deban votar. Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por un médico, si es particular el certificado médico deberá ser convalidado por hospital o centro de salud.
Faltas electorales por la no emisión del voto: el artículo 125 del Código Electoral. Vencido el plazo de 60 días, se impondrá Multa de $ 50 que se irá acumulando. El infractor incluido en el Registro de Infractores al deber de votar no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante 3 años a partir de la elección.