Resistencia. El Poder Legislativo en su última sesión ordinaria, sancionó leyes por las que se modifica la ley de reconocimiento a ex-combatientes provincial que establece la pensión graciable de la provincia del Chaco subiendo la base de cálculo de misma y determinando que sin límites de edad, los derecho habientes podrán percibir este beneficio, iniciativa que partió del Poder Ejecutivo.
Además, consensuando tres proyectos de Ley de autoría del interbloque Cambiemos, y del Oficialismo, también fueron mejorados los porcentuales del beneficio de movilizados y no movilizados.
La primera reforma de la normativa, se debe a la nueva base de cálculo para determinar esta pensión graciable provincial para ex combatientes de guerra, con carácter mensual, con un monto equivalente a la remuneración total correspondiente al Grupo I, Apartado a) equivalente a Director Categoría 3 de la Ley Nº 196-A, modificatorias y complementarias – Escalafón para Personal del Poder Ejecutivo.
En esta línea la normativa dispondrá que en el caso de fallecimiento de titulares del beneficio o de personas que tuvieren derecho al mismo y que no lo hubieren obtenido. Tendrán derecho a percibirlo los derechohabientes, conforme con las proporciones fijadas en el régimen vigente en el IN.S.S.SE.P., el Cónyuge o en su defecto, quien acredite fehacientemente haber convivido públicamente en aparente matrimonio con el causante durante un mínimo de dos años anteriores a su fallecimiento, con la ampliación de la edad en cuanto a los hijos, disponiendo que el derecho de ellos será sin límites de edad, y también, en caso de que no existan ninguno de los anteriores el padre o madre del causante.
Además en cuanto a los aquellos que fueron movilizados, que fueron convocados a la zona de despliegue continental al Sur del Paralelo 42º y que no hayan tomado parte de las Operaciones Militares en el Archipiélago. El mismo será el equivalente al ciento diez por ciento (110%) de la Categoría 7, Personal de Servicio, Grupo I, del Escalafón para el Personal del Poder Ejecutivo, Ley 196 – A texto vigente, no será retroactivo y se hará efectivo a partir de la aprobación del mismo, previa asignación de los recursos por parte del Poder Ejecutivo, constituyendo una elevación a este cómputo.
Y en cuanto a los ex soldados no movilizados, también se dispone una reforma de la base de cálculo para los ex soldados chaqueños, convocados por el Distrito Militar Chaco, que hubieren sido acuartelados o convocados y que no hayan sido movilizados a la zona de despliegue continental al Sur del Paralelo 42º o tomado parte de las operaciones militares en el archipiélago, el que será ahora del noventa por ciento de la Categoría 7, Personal de Servicio, Grupo I, del Escalafón del Poder Ejecutivo, Ley 196 – A, texto vigente, no será retroactivo y se hará efectivo a partir de la aprobación de los recursos por parte del Poder Ejecutivo.
DEBATE EN EL RECINTO
El titular del Bloque Justicialista, Hugo Sager, explicó “es un reconocimiento a los ex combatientes de guerra que defendieron a nuestra República Argentina en el espacio en el cual, nunca tenemos que olvidar, muchos chaqueños han dejado su vida, este bloque pide que se traiga de comisión y proponer su aprobación, de lograr esto, pedimos el acompañamiento de los legisladores presentes”.
Leandro Zdero expresó “nosotros desde el bloque Chaco Somos Todos, estamos de acuerdo en tratar este proyecto” y solicitó que se trate la iniciativa que establece beneficios para ex combatientes, movilizados y no movilizados, “muchas veces tratamos de reivindicar a quienes defendieron la patria, nuestros héroes de la patria, esto no se trata de ideología ni partidos políticos, se trata de honrar a quienes arriesgaron su vida en Malvinas”
“Esto es un hecho concreto, que sería importante poder materializarlo, si lo logramos estaríamos dando el respeto a quienes forman parte de un pedazo de la historia, y en este sentido muchas veces vale el diploma, la medalla, pero esto puede ser un hecho concreto” manifestó.
Desde el Bloque Scalabrini Ortiz De Forja, Gladis Cristaldo adelantó el respaldo al proyecto y comentó “me llegó una nota que firma el subsecretario de hacienda en la cual manifiesta en relación a este proyecto, que no presenta objeciones, no generaría impacto presupuestario significativo, por lo tanto, no tiene objeciones en el aspecto presupuestario”.
El diputado Daniel Trabalón sumó el respaldo del Bloque Frente Grande, “la Legislatura debía haberlo tratado con anterioridad, eso no ocurrió y hoy no pueden irse de este recinto sin la sanción de la ley”.
En tanto, desde la banca del Partido Obrero, Aurelio Díaz fijó postura a favor de que se traten todas las iniciativas, incluidas las propuestas por Zdero.
La diputada justicialista Andrea Charole, observó “reivindicar nuevamente a ex combatientes nos sensibiliza a todos, quiero pedir a todos los legisladores que tratemos en serio las cosas, la gente muchas veces viene del interior para estar presentes en el tratamiento de una ley y esta se tenía que tratar la semana pasada”.
Juan Manuel Pedrini recordó “la provincia del Chaco fue de las primeras que reconocen a los movilizados, acuartelados, todos los que de una manera fueron protagonistas de la guerra de Malvinas, nuestra actual ley, en realidad ya fue modificada por un decreto 953 del gobernador Peppo. Ese decreto también forma parte del tratamiento del día de la fecha, porque estableció a partir del 1 de enero de 2019 un aumento de la pensión graciable equivalente al 110% de la remuneración total correspondiente a jefe de departamento de la ley 156 modificatorias y complementarias; este decreto pierde vigencia con la ley que vamos a sancionar en el día de hoy que implica una mejora mayor”.
“Esta ley no solo expresa una coherencia política que a través del ex gobernador Jorge Capitanich y ahora de Domingo Peppo, que marca un compromiso muy firme de nuestra fuerza política con las reivindicaciones que creemos que corresponden no solo a los ex combatientes sino también a sus derechohabientes” sostuvo.
Desde el interbloque UCR-Cambiemos Leandro Zdero planteó el tratamiento del proyecto de ley 1539,19 que ratificaría el decreto 953, y aportábamos el PL 2153,19 que lo presentamos conjuntamente con Dumrauf, Batalla para permitir también a movilizados y acuartelados la posibilidad de reconocimiento al igual que los ex combatientes” sostuvo, tras lo cual pidió que se traiga a de comisión y se lo ponga a consideración.
En igual sentido el diputado justicialista Hugo Sager, sostuvo que se incorpore al tratamiento el proyecto de ley 3800,19 que ingresó con la firma de Ayala, Sánchez, Pedrini, Trabalón, vinculado a la modificación del art 11 y 12, en virtud de la voluntad de este bloque de tratar el mismo, de aprobarse, lo propuesto por el bloque de la oposición, proponer un cuarto intermedio, y una redacción en conjunto.
Finalmente llegaron los consensos, y se formuló un texto unificado de los tres proyectos y se aprobó, con la abstención del diputado Juan Manuel Pedrini que expresó que no estaba el impacto presupuestario informado, y al ser el presidente de la comisión de Hacienda, pidió su abstención, aun manifestando su acuerdo con la iniciativa. Había planteado que vuelva a comisión con preferencia para la próxima sesión; en el mismo sentido se expidió el diputado Héctor Vega.
CREAN REGISTRO ÚNICO PARA DOCENTES QUE DEBEN DESPLAZARSE DE UNA LOCALIDAD A OTRA
Autoría del diputado Hugo Dominguez, se sancionó la Ley 3054 que crea en el ámbito del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Provincia el Registro Único de Docentes destinado a docentes que deben desplazarse de una localidad a otra para desempeñar sus tareas.
La Ley establece que deberán inscribirse en este Registro los docentes que utilicen medios de transporte de personas vial o ferrovial, para desplazarse desde su residencia habitual y hasta la localidad donde se encuentra el establecimiento educativo en los que preste servicios durante el ciclo lectivo anual.
El Ministerio de Educación, establecerá un período dentro del cual anualmente los docentes deberán inscribirse en el Registro. La autoridad de aplicación será la encargada de requerir a los docentes la documentación pertinente y disponer las medidas necesarias para la implementación, mantenimiento y actualización de los datos del Registro, como también requisitos, condiciones y alcances del mismo.
La autoridad de aplicación deberá publicar anualmente en el Boletín Oficial y en la página web de la misma el listado de docentes inscriptos en el Registro Único de Docentes.
LOS FONDOS DE DÉBITOS AUTOMÁTICOS DE PAGOS DE VIVIENDAS INGRESARÁN DIRECTAMENTE AL IPDUV
El parlamento chaqueño sancionó con fuerza de ley con 22 votos positivos, facultar al Instituto Provincial de Desarrollo Urbano y Vivienda, en adelante IPDUV, a utilizar en el sistema de liquidación de haberes mensuales del personal de la Administración Pública Provincial el código de descuento en concepto de cuota de amortización del valor de la vivienda otorgada o a otorgarse por el mismo mediante operatorias del Fondo Nacional de la Vivienda (FO.NA.VI.), ítem que se denominará “IPDUV Cuota Vivienda”.
Además dispone que en el nuevo sistema de descuento mensual automático de cuotas, conforme el artículo 1º, el monto deducido no podrá exceder el importe de una cuota que se cancelará mediante el débito directo en las cuentas bancarias que los agentes estatales, adjudicatarios de viviendas, tengan abiertas en el Nuevo Banco del Chaco S. A, no ocasionando a estos ningún costo extra.
También determina que el IPDUV tendrá preferencia respecto de cualquier acreedor en lo que respecta al denominado “barrido de cuentas” a realizarse mediante débito en cuenta al obligado al pago, exceptuándose las correspondientes a cuotas alimentarias y/o cualquier otro débito que pudiera corresponder por cuestiones de extrema necesidad debidamente acreditadas.
Por último faculta al organismo habitacional a implementar esta nueva metodología de descuento de las cuotas de amortización de viviendas FO.NA.VI., articulando con la empresa ECOM Chaco S.A. y el Nuevo Banco del Chaco S. A. los medios que resulten necesarios a dicho fin e invita a los municipios a adherir a esta ley.
El diputado Pedrini argumentó que “este proyecto trae algo más de claridad a las cuentas públicas porque actualmente las cuotas que cobra el instituto de vivienda, los beneficiarios de las cuotas sociales, van a un fondo que maneja el Poder Ejecutivo y muchas veces el rendimiento de ese fondo, ese traspaso se hace con un relativo atraso, con inconvenientes para los beneficiarios” y destacó que “este proyecto autoría de Bergia, lo que propone es que esas cuotas vayan a una cuenta que se abra en el Banco del Chaco y de allí directamente al Instituto de Vivienda sin intermediación del Ejecutivo Provincial, por traería mayor fluidez en la posibilidad de una mejor administración y celeridad en la recaudación para continuar con la construcción de más viviendas, en una época de caída de fondos”.
El autor de la norma sancionada el diputado Juan José Bergia resaltó que esta ley beneficiaría a mucha gente que al no tener registrado el pago total de la vivienda por los pasos burocráticos que siguen los fondos no pueden acceder con mayor celeridad al título de propiedad.
SE SANCIONARON VARIAS EXPROPIACIONES EN LA CIUDAD DE BARRANQUERAS Y RESISTENCIA
Se trata de leyes de expropiación que refieren a inmuebles ubicados en La Toma de Barranqueras, como así también el asentamiento denominado El Bolsón en la ciudad de Resistencia.
El objeto de las mismas es el de permitir a los vecinos regularizar su situación dominial. Los pedidos de tratamiento con desafectación de la comisión de Asuntos Constitucionales partieron de la presidenta de la Comisión de Tierras, diputada María Lilián Fonseca, y acompañado por la vicepresidenta de esa comisión Irene Dumrauf.
La sanción de las mismas fue por unanimidad y celebrada por los vecinos que se encontraban esperando una respuesta por parte del Poder Legislativo.