Sáenz Peña. El titular del organismo dialogó con LT16 AM950 y repasó lo que sucede respecto a la contribución de mejoras en las rutas provinciales 3 y 9. Puntualizó plazos y la ley que se aplica. Dijo que circula información errónea.
Danilo Gualtieri se refirió a las mejoras en zonas rurales y las obras ejecutadas por el Estado que agregan valor a las propiedades, y ratificó que la ATP “en ningún momento realizó intimación alguna a los contribuyentes” a quienes corresponde liquidar ese tributo.
En la nota brindada a «Voces de la Jornada», el funcionario precisó que para confirmar o no la liquidación de la contribución de mejoras, los plazos para el contribuyente recién correrán a partir del momento en que cese la suspensión de términos y plazos administrativos que rige por efecto del aislamiento social, obligatorio y preventivo (24 de julio, inicialmente). Y adelantó que se analizan nuevas prórrogas, atendiendo a las perspectivas económicas para los próximos meses.
Una ley hace 50 años
Subrayó que en las rutas provinciales 3 y 9, donde se ejecutaron diversas obras, los beneficiados son unos 4.200 inmuebles que adquirieron un mayor valor a partir de esa nueva infraestructura. De ese total de unidades, 75% poseen un monto liquidado menor a $50.000, disponiendo de dos años para abonar el importe, sin perjuicio de la nueva prórroga que se analiza.
«Se aplica la ley N° 102-K, cuya sanción originaria data del año 1964 (Ley N° 597), y el decreto reglamentario N° 1140/13″, dijo, aclarando que es para obras ejecutadas por Vialidad Provincial o Vialidad Nacional.
“No se trata de una nueva ley, ni se crea tributo», dijo, y y mencionó que «la ley posee más de 50 años y establece la obligación de abonar como contribución de mejoras un equivalente al 30% del costo».
La notificación
Para el caso de RUTA 9 se trata de: Tramos: I entre Capitán Solari y Colonias Unidas: Tramo II entre Colonias Unidas y Las Garcitas; Tramo III entre Las Garcitas y el cruce con la ruta 4; y Tramo IV entre el cruce de Ruta 4 y Ruta 95. Y para el caso de RUTA 3: Tramo entre Pampa del Indio y Villa Río Bermejito.
La ATP procedió a notificar al domicilio fiscal electrónico de los contribuyentes el monto de la Contribución por Mejoras, determinado por Vialidad Provincial. «Lo que se notificó fue la deuda liquidada por el ente que participó en la ejecución de las obras, disponiendo el contribuyente de 10 días hábiles para confirmar o no la liquidación. Con esa contribución se mantienen las rutas o se ejecutan obras nuevas», dijo Gualtieri.
Para tener en cuenta
– Se trata de obras nuevas, ejecutadas y habilitadas al uso público.
– La zona beneficiada de la obra alcanza hasta los 20 km. de la misma.
– Las propiedades beneficiadas abonan de manera proporcional solamente un 30% del costo de la obra, a valores históricos.
– La contribución se liquida en cuotas semestrales y hasta un plazo de 10 años según el monto.
– Vialidad Provincial confecciona las planillas técnicas y administrativas que son elevadas y remitidas a la ATP, que actúa como ente recaudador.
– La ATP comunica a los contribuyentes alcanzados la pertinente liquidación mediante resolución interna.
– El contribuyente dispone de 10 días para confirmar o no la misma.
– El monto total de lo recaudado se destina de manera íntegra al fondo de Vialidad Provincial, a fin de que el organismo disponga recursos necesarios para mantener las vías de circulación de toda la provincia y para ejecutar nuevas obras.
-La cercanía de los inmuebles a la obra le otorga a los mismos un mayor valor, razón que fundamenta el tributo, permitiendo de esta manera beneficiar a otros predios con lo recaudado por dicho concepto.