25 abril, 2024

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PJ y UCR buscan que se quite planes a agrupaciones que lleven menores a los piquetes

Resistencia. Representantes de los partidos mayoritarios firmaron la iniciativa conjunta. «El proyecto de ley busca contribuir a resguardar a nuestros niños sancionando a aquellas organizaciones sociales que actúen de manera irresponsable», afirman.

Este jueves un grupo de diputados provinciales del PJ y la UCR, los dos bloques mayoritarios, presentaron una iniciativa por la cual buscan sancionar «a asociaciones, agrupaciones u organizaciones, o todo otro cuerpo que tengan por fin manifestaciones públicas de obstrucción de caminos urbanos, avenidas o rutas, conocidas como piquetes, que lleven o impulsen la presencia de menores de edad y adolescentes en todas las exposiciones».

La misma lleva la firma de las legisladores peronistas Elida Cuesta (presidente del cuerpo), Jessica Ayala, Paola Benítez, Andrea Charole y Gricelda Ojeda, más Roberto Acosta; junto con las diputadas radicales Doris Arkwright, Devora Cardozo y Alicia Digiuni de Azula.

El proyecto de ley señala que «se entiende por Asociaciones, Agrupaciones u Organizaciones, o todo otro Cuerpo: grupos de personas, que se unen en busca de un determinado fin común, los cuales solicitan ayuda, en este caso al Estado». A la vez definen como manifestaciones públicas o piquetes a «suceso o evento por el que un conjunto de personas obstruye o cercenan la libertad de tránsito en las vías públicas, tales como caminos urbanos, avenidas o rutas a manera de protesta o huelga».

Por otra parte, marcan: «Obstrucción de caminos o calles: Ley 24.449: Ley De Transito: Artículo 48. Prohibiciones. Está prohibido en la vía pública: f) Obstruir el paso legítimo de peatones u otros vehículos en una bocacalle, avanzando sobre ella, aun con derecho a hacerlo, si del otro lado de la encrucijada no hay espacio suficiente que permita su despeje».

Así las cosas, en su artículo 3° la iniciativa deja asentado que «el objeto de la presente Ley es la protección del interés superior del niño. Tutela jurídica de los derechos, deberes y garantías constitucionales del niño, niña o adolescentes», mientras que el artículo siguiente marca que «este plexo normativo será de aplicación en todo el territorio de la Provincia del Chaco».

A su vez, de aprobarse, la autoridad que aplique y haga cumplir la Ley será el Poder Ejecutivo Provincial y/o en coordinación con el Órgano que considere pertinente.

Los legisladores peronistas y radicales fundamentaron el proyecto expresando que «Las manifestaciones públicas, piquetes y cortes de calles como formas utilizadas muy frecuentemente por diferentes sectores para expresar distintos tipos de reclamos, conllevan en muchas oportunidades vulneración de derechos de la ciudadanía» y añadieron que «transitar por las ciudades se torna dificultoso y en muchas ocasiones propicio para el desarrollo de un ámbito de violencia, tornándolo también peligroso».

«Consideramos que esta situación amerita el diseño de normativas que permitan al aplicarlas, generar un equilibrio entre el derecho de protestar y el derecho a transitar», afirmaron y apuntaron que «si bien lo antes descripto es motivo suficiente para el desarrollo de herramientas que contribuyan a la construcción de una comunidad libre y respetuosa, pero si además de analizar las dificultades para transitar, imaginamos y evaluamos el impacto de otras situaciones frecuentes de observar, como ser la presencia de niños, niñas y adolescentes (NNyA) en manifestaciones, piquetes y cortes de calle «.

 

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