29 marzo, 2024

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Capitanich incluyó a Sáenz Peña entre las ciudades críticas y restringió la circulación

Sáenz Peña. Las medidas se extenderán hasta el 24 de julio. Ahora el municipio podrá habilitar algunas actividades sólo con el visto de la Provincia, de acuerdo a la vigilancia epidemiológica y los indicadores sanitarios.

Las medidas anunciadas por la Provincia, y ratificadas por la Municipalidad, se extenderán hasta el 24 de julio para las localidades definidas como críticas, entre las que ahora se encuentra comprendida Sáenz Peña. Este cambio de categoría de no crítica a crítica implica que las restricciones y habilitaciones en la ciudad dependerán de lo estipulado por el Gobierno provincial; el municipio deberá ahora elevar una propuesta para el funcionamiento de determinados rubros, bajo estrictos protocolos específicos para cada actividad.

Como localidad crítica, el Decreto provincial estableció máxima restricción de circulación en Sáenz Peña. Las disposiciones podrán ser modificadas de acuerdo a la vigilancia epidemiológica y los indicadores sanitarios.

Las medidas

• Se mantiene vigente la suspensión de eventos públicos y privados, sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole que implique la concurrencia de personas. Centros comerciales, cines, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas.

• Se reforzarán las restricciones de ingreso y egreso a la ciudad así como los controles en los accesos habilitados.

• En cuanto a la actividad bancaria, los bancos atenderán con turnos preasignados en la página web de cada entidad.

Las actividades comerciales habilitadas de industria y servicios son:

• Estaciones de servicio de combustible, supermercados, autoservicios, panaderías, almacenes y farmacias.

• Hoteles, hosterías, residenciales y hoteles alojamiento solo se habilitan para alojamiento de personal médico, aislamiento o servicios esenciales en el contexto de pandemia.

• Fabricación, procesamiento, distribución y comercialización de productos alimenticios y bebibles, de limpieza, higiene personal, hospitalarios y médicos.

• Atención médica, odontológica, laboratorios bioquímicos, ópticas, y profesionales de la salud inclusive kinesiólogos, fisioterapeutas.

• Fabricación y provisión de insumos para distribución y empaque de productos alimenticios, bebidas, perfumerías.

• Servicios de comunicación, audiovisual y de telefonía, (con reducción de capacidad instalada).

• Veterinarias y Pet Shops.

• Obras públicas y privadas autorizadas por el municipio.

• Empresas de seguridad y vigilancia, servicios fúnebres y salas velatorias.

• Servicios técnicos, mantenimiento y administrativo de apoyo de Empresas estatales prestadoras de servicios públicos.

• Corralones, venta de materiales de construcción, ferreterías y afines vinculados a la venta de materiales de construcción.

• Actividad agropecuaria y forestal.

• Agencias de Lotería.

• Bares, restaurantes: sólo podrán funcionar bajo la modalidad de delivery y/o retiro del local sin permanencia en el mismo hasta las 1 hs.

• Las actividades comerciales y de servicio no esenciales funcionarán bajo la modalidad de delivery en horario de 8 a 20 hs.

 

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